Jornadas y Noticias

Acceso a la energía

¿Cómo puedo acceder a la energía?

La energía (electricidad y gas natural) es un bien social al que la ciudadanía debe poder acceder. Este acceso se puede realizar a través de las diferentes comercializadoras, y en el caso de la electricidad existe la modalidad del autoconsumo (poner generación renovable en la vivienda para abastecer el consumo propio).

¿Qué tipo de ayudas existen para paliar los altos precios energéticos?

Fundamentalmente existen 2 tipos de ayudas:

  • Electricidad: Bono Social Eléctrico y Bono Eléctrico de Justicia energética (temporal).
  • Resto de energías: Bono Social Térmico.
Acceso a la energía

Bono Social Eléctrico (BSE)

El Bono Social Eléctrico (BSE), es un descuento en la factura eléctrica cuyo requisito principal es tener contratada la tarifa regulada (PVPC). Para ello se debe de contratar con cualquier comercializadora de referencia (ver tabla 1)

¿Cuáles son los descuentos?

Los diferentes descuentos de la factura eléctrica dependen del tipo de consumidor. A continuación, se detallan los tipos de consumidor y los requisitos y ayudas asociados a cada tipo:

Acceso a la energíaAcceso a la energía

Consumidores vulnerables

  • Descuento: 65% de la tarifa regulada de electricidad (PVPC) hasta el 31/12/2023
  • Requisitos (con cumplir UN requisito es suficiente):
    • Que el NIVEL DE RENTA de la Unidad de convivencia, sea igual o inferior a 12.159,42 €/año (1,5 veces el IPREM de 14 pagas).
      • Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, se incrementará en 2.431,88 €/año por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 4.053,14 €/año por cada menor de edad de la unidad de convivencia.
      • Existen circunstancias especiales1
    • O bien, que se esté en posesión del título de FAMILIA NUMEROSA.
    • O bien que el consumidor o todos los miembros que tienen ingresos en la unidad de convivencia sean PENSIONISTAS del Sistema de la Seguridad Social (jubilación o incapacidad permanente), percibiendo por ello la CUANTÍA MÍNIMA vigente en cada momento, para dichas clases de pensión, y no percibir otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500 euros.
    • O bien que el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia sea beneficiario del INGRESO MÍNIMO VITAL conforme a lo establecido en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital

Consumidores vulnerables severos

  • Descuento: 80% de la tarifa regulada de electricidad (PVPC) hasta el 31/12/2023
  • Requisitos (con cumplir UN requisito es suficiente):
    • Percibir una renta anual inferior o igual a 6.079,71 €/año, incluyendo, en su caso, el incremento previsto en cada una de las condiciones correspondientes.
    • Que esté en posesión del título de familia numerosa y que la renta de la unidad de convivencia sea igual o inferior a 16.212,56€/año (2 veces el IPREM de 14 pagas).
    • Que percibiendo el consumidor o la Unidad de convivencia la pensión mínima del Sistema de la Seguridad Social, por jubilación o incapacidad permanente, (y que, en el caso de percibir otros ingresos, la cuantía agregada anual no supere los 500 euros), su renta sea igual o inferior a 8.106,28 €/año (1 vez el IPREM de 14 pagas).
    • Si el consumidor o algún miembro de su unidad de convivencia es beneficiario del Ingreso Mínimo Vital, se aplicarán los criterios de renta definidos en el primer punto.
Acceso a la energía
Acceso a la energía

Consumidores en riesgo de exclusión social

  • Descuento: NO se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica
  • Requisitos (con cumplir UN requisito es suficiente):
    • Debe cumplir con los requisitos para ser considerado vulnerable severo y, además, ser atendido por los servicios sociales de una Administración Pública (autonómica o local) que financien al menos el 50% del importe de su factura eléctrica de tarifa regulada.
    • El nivel de renta de la Unidad de convivencia se sitúa entre 12.159,42 y 16.212,56 €/año (es igual o inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas y superior a 1,5 veces dicho indicador).
  • En caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico.

1 El multiplicador resultante se incrementará en 8.106,28€/año si se dan circunstancias especiales de:

  • algún miembro de la Unidad de convivencia tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%
  • es víctima de violencia de género
  • es víctima del terrorismo
  • se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado II o III
  • la unidad de convivencia está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor

 

¿Cómo se acredita la condición de consumidor vulnerable y vulnerable severo?

Para acreditar la condición de consumidor vulnerable y consumidor vulnerable severo, se debe remitir el modelo de solicitud del bono social junto con documentación obligatoria que acredite dicha condición y que se detalla en la página web de cada una de las comercializadoras de referencia (ver tabla 1).

Tanto el modelo de solicitud del bono social como la documentación necesaria a remitir al comercializador de referencia estará disponible en el sitio web de cada comercializadora (ver tabla 1)

Las comercializadoras de referencia, así como la forma de contactar con cada una de ellas, son las siguientes:

Comercializadora de Referencia Teléfono Dirección web Correo Electrónico
Endesa Energía XXI, S.L.U. 800 760 333 www.energiaxxi.com bonosocial@energiaxxi.com
Curenergía Comercializador de Último Recurso, S.A.U. 900 200 708 www.curenergia.es bonosocial@curenergía.es
Comercializadora regulada, GAS & POWER, S.A. 900 100 502 www.comercializadoraregulada.es bonosocial@comercializadoraregulada.es
Baser Comercializadora de Referencia, S.A. 900 902 947 www.basercor.es bonosocial@basercor.es
Régsiti Comercializadora de Referencia S.L.U. 900 10 10 05 www.regsiti.com bono-social@regsiti.com
Comercializador de Referencia Energético, S.L.U. 900 814 023 www.corenergetico.es bonosocial@corenergetico.es

Bono Eléctrico de Justicia Energética

El Bono Eléctrico de Justicia Energética es un bono social de electricidad dirigido a los hogares con bajos ingresos particularmente afectados por la crisis energética.

  • Descuento: 40% de la tarifa regulada (PVPC) hasta el 31/12/2023
  • Requisitos:
    • o El nivel de renta de la Unidad de convivencia se sitúa entre 12.159,42 y 16.212,56 €/año (es igual o inferior a 2 veces el IPREM de 14 pagas y superior a 1,5 veces dicho indicador).
      • Cuando la unidad de convivencia esté formada por más de una persona, se incrementará en 2.431,88 €/año por cada miembro adicional mayor de edad que conforme la unidad de convivencia y 4.053,14 €/año por cada menor de edad de la unidad de convivencia.

Los consumidores finales de energía eléctrica a los que les resulte de aplicación este bono eléctrico de justicia energética no serán beneficiarios del bono social térmico.

Bono Social Térmico

El Bono Social Térmico es un programa de ayudas para compensar los gastos térmicos ocasionados a los consumidores más vulnerables por el uso de la calefacción y el agua caliente o cocina.

Su objetivo es complementar la ayuda percibida en concepto de Bono Social Eléctrico.

¿Quién puede ser beneficiario?

Los beneficiarios del Bono Social Térmico son, sin necesidad de realizar ningún trámite ni solicitud, aquellos consumidores que son beneficiarios del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior.

¿Cuál es el importe de la ayuda?

La ayuda se define en un pago único anual, en la cuenta corriente en la que tiene domiciliada la factura eléctrica. La cuantía de la misma depende del grado de vulnerabilidad y de la zona climática.

Si el beneficiario tiene la condición de consumidor vulnerable severo o está en riesgo de exclusión social, la ayuda aumenta en un 60%.

El desglose del importe de la ayuda es en función de la Zona climática y del tipo de consumidor (vulnerable, vulnerable severo y en riesgo de exclusión social). Por ejemplo, para el año 2022 el importe de la ayuda puede variar entre 35 y 373 €.

Fuentes de interés:

Acceso a la energía