Sector terciario 2020. Programa de ayudas a inversiones en eficiencia energética y en solar térmica. Convocatoria de ayudas para el período 2020: vigencia hasta el 30 de junio de 2021 o por agotamiento del presupuesto. Actuaciones subvencionables en eficiencia energética: Implementación de sistemas integrales de gestión energética (SIGE). Renovación de instalaciones energéticas en edificios ya existentes. Renovación de instalaciones de iluminación interior. Se establece un límite mínimo de ahorro energético de 3 tep/año de demanda energética primaria. Renovación de instalaciones de iluminación exterior. Se establece un límite mínimo de ahorro energético de 3 tep/año de demanda energética primaria. Nuevas instalaciones de cogeneración. Auditorías energéticas integrales de eficiencia energética e implementación de sistemas de gestión energética basados en la norma UNE-EN-ISO 50001. Auditorías Energéticas Integrales de eficiencia energética sobre edificios del Sector Terciario, si bien, se establece un valor de 20 tep/año de energía primaria como límite mínimo de consumo energético para acceder a la presente convocatoria de ayudas. La metodología a seguir para el desarrollo de la auditoría se ajustará a la norma UNE-EN 16247, o sus modificaciones o mejoras posteriores. Implementación de sistemas de gestión energética basados en la norma UNE-EN-ISO 50001 para toda la actividad del emplazamiento, si bien, se establece un valor de 20 tep/año de energía primaria como límite mínimo de consumo energético para acceder a la presente convocatoria de ayudas. En este caso, los costes de la certificación de la ISO 50001 por una organización externa acreditada también serán objeto de subvención, así como el equipamiento necesario para la implantación del SGEn. La obtención de la ISO 50001 deberá estar avalada por una organización externa acreditada. Actuaciones subvencionables en solar térmica: Instalaciones solares térmicas. Más información en el documento de Bases que se muestra al final de esta sección y en el teléfono 944.035.600. NOTA IMPORTANTE. CAMBIO DE FECHAS Debido al estado de alarma derivado de la pandemia del COVID-19 este programa de ayuda ha visto alteradas algunas fechas de importancia para la concesión de la subvención. Las nuevas fechas en vigor son las siguientes: NUEVA fecha de fin de presentación de solicitudes: 30/06/2021 NUEVA fecha de fin de realización de las inveriones: 31/10/2021 NUEVA fecha de fin de presentación de justificaciones: 15/11/2021 Tramitación de las solicitudes La tramitación de los expedientes se realizará de forma telemática: Página web del EVE: https://gestionayudas.eve.eus/solicitud. ¿Qué ventajas tiene la tramitación telemática? - Puede realizarse la tramitación cualquier día y a cualquier hora. - No es necesario desplazarse para entregar la solicitud. - Puede conocerse el estado del expediente en todo momento. ¿Qué se necesita para poder tramitar telématicamente? Deberá disponerse de un medio de identificación electrónica admitido. Para las personas físicas, el más sencillo de utilizar es B@kQ, juego de barcos, porque: - Se puede usar desde cualquier dispositivo (Pc, Móvil, Tablet…). - No es necesario instalar software, ni configurar el navegador. - No hace falta lector de tarjetas. - Permite identificarse y firmar documentos en internet. - Tiene plena validez legal y es totalmente seguro. - Es gratuito. ¿Dónde puede conseguir este certificado B@kQ? - Centros de la red KZgunea. - Oficinas de Zuzenean. PROCESO DE SOLICITUD TELEMÁTICO Tramitación de las solicitudes: La tramitación de los expedientes se realizará de forma telemática: 1. Apertura el 30 de enero de 2020. 2. La TRAMITACIÓN DE LOS EXPEDIENTES se realizará DE FORMA TELEMÁTICA siguiendo los pasos que se indican a continuación: PASO 1 - Acceder a cumplimentar el formulario de solicitud correspondiente a la actuación para la que se va a solicitar la ayuda a través de los siguientes enlaces: Implementación de sistemas integrales de gestión energética (SIGE) Climatización Renovación de instalaciones de iluminación interior Renovación de instalaciones de iluminación exterior Cogeneración Auditorías energéticas integrales e implementación ISO 50001 Solar térmica PASO 2 - Identifíquese con la B@kQ o certificado electrónico. En su defecto, siempre y cuando el solicitante sea persona física, podrá continuar sin haberse identificado previamente. PASO 3 - Cumplimente la solicitud con los datos que en ella se solicitan. PASO 4 - Firme y envíe la solicitud. a) Una vez firmada electrónicamente con la B@kQ o certificado electrónico la solicitud, recibirá una notificación certificada acusando recibo de su solicitud. Si es la primera vez que presenta una solicitud de ayuda recibirá otra notificación certificada (vía email o SMS) con las credenciales necesarias para poder acceder a https://gestionayudas.eve.eus/ayudas y continuar con la tramitación de su solicitud. Si la identificación indicada en el paso 2 no se ha hecho con una B@kQ o certificado electrónico, recibirá una notificación certificada (vía email o sms) con las credenciales necesarias para poder acceder a https://gestionayudas.eve.eus/ayudas y continuar con la tramitaci ón de su solicitud. b) Si la solicitud NO ha sido firmada con una B@kQ o certificado electrónico, será necesario imprimir la solicitud, firmarla y enviarla por correo certificado a las oficinas centrales: Ente Vasco de la Energía Apdo. Correos 5020 Edificio Plaza Bizkaia Alameda de Urquijo, 36 – 1ª planta 48011 Bilbao En este caso, recibirá la notificación certificada (vía email o sms, en función de sus datos de contacto) con las credenciales necesarias una vez que su solicitud haya sido recibida y registrada en las oficinas del EVE. PASO 5 - Suba el resto de documentación obligatoria para formalizar su solicitud a través de https://gestionayudas.eve.eus/ayudas. De ahora en adelante, dispondrá en la aplicación ciudadana (https://gestionayudas.eve.eus/ayudas) de sus expedientes de ayuda solicitados al Ente Vasco de la Energía desde donde podrá: - Consultar expedientes en curso o finalizados. - Recibir notificaciones y comunicaciones. - Aportar documentación a los expedientes ya creados. ¿Qué debo hacer si de ahora en adelante quiero recibir las notificaciones electrónicamente? Puede modificar el canal de comunicación/notificación en el apartado “Modificar datos de comunicación con el EVE” de cada expediente. Además, desde esa misma opción podrá añadir a nuevas personas autorizadas para la gestión del expediente. Documentación Bases_Terciario_2020_Cas_BOPV.pdf Otorgamiento-de-representacion-2020.pdf