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Programa de ayudas

Programa de ayudas a inversiones en eficiencia energética, energías renovables y movilidad eficiente

El programa de ayudas persigue promover acciones que buscan impulsar acciones que persigan el uso potencial de energías renovables en edificios residenciales, así como el ahorro, la eficiencia energética en el subsector de distribución dentro del sector servicios, el ahorro y la eficiencia energética y uso de energías renovables en instalaciones y edificios, la racionalización del consumo de energía y la reducción de la dependencia del petróleo en el transporte y en la movilidad de las personas en diferentes sectores de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Esta ayuda se compone de los siguientes seis (6) subprogramas de ayudas que consisten en:
  • Subprograma de Ayudas 1 – Inversiones para el consumo de hidrógeno en la industria y los edificios.
  • Subprograma de Ayudas 2 – Inversiones en eficiencia energética en PYME de los sectores industrial y terciario.
  • Subprograma de Ayudas 3 – Implantación de sistemas integrales de gestión de la demanda de energía - SIGED.
  • Subprograma de Ayudas 4 – Promoción de la bicicleta.
  • Subprograma de Ayudas 5 – Estudios de viabilidad de la implementación de energías renovables en comunidades de propietarios residenciales.
  • Subprograma de Ayudas 6 – Inversiones en eficiencia energética en el sector comercio e intermediarios.

Beneficiarios

  • Subprograma de Ayudas 1: Inversiones para el consumo de hidrógeno en la industria y los edificios.
    • Personas jurídicas, de naturaleza privada.
    • Concejos, hermandades, juntas administrativas y otras entidades locales territoriales de ámbito inferior, municipios, Mancomunidades de municipios, Cuadrillas del territorio histórico de Álava y otras entidades locales de la CAE.
    • La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, las respectivas Diputaciones Forales, así como todas aquellas entidades, organismos públicos, fundaciones y sociedades en cuyo capital social la participación directa e indirecta de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi o de las respectivas Diputaciones Forales sea superior al 50 por ciento o sobre las que ejerzan una posición dominante.
  • Subprograma de Ayudas 2: Inversiones en eficiencia energética en PYME de los sectores industrial y terciario.
    • Empresas que tengan la consideración de PYME de los sectores industrial y terciario.
  • Subprograma de Ayudas 3: Implantación de sistemas integrales de gestión de la demanda de energía - SIGED.
    • Personas jurídicas, de naturaleza privada.
    • Concejos, hermandades, juntas administrativas y otras entidades locales territoriales de ámbito inferior, municipios, Mancomunidades de municipios, Cuadrillas del territorio histórico de Álava y otras entidades locales de la CAE.
  • Subprograma de Ayudas 4: Promoción de la bicicleta.
    • Personas físicas que realicen actividad económica.
    • Personas jurídicas de naturaleza privada.
    • Ayuntamientos, Mancomunidades de Ayuntamientos, Cuadrillas y Juntas Administrativas, Sociedades Municipales, Agencias de Desarrollo Local, o entidades públicas similares.
    • Personas jurídicas que, no teniendo su domicilio social y fiscal en la CAE, y no cumpliendo las condiciones descritas en el párrafo anterior, ejecuten una inversión subvencionable, siempre que la citada inversión tenga su efecto sobre el consumo de energía o la reducción de la dependencia del petróleo dentro del territorio de la CAE.
  • Subprograma de Ayudas 5: Estudios de viabilidad de la implementación de energías renovables en comunidades de propietarios residenciales.
    • Comunidades de propietarios.
  • Subprograma de Ayudas 6: Inversiones en eficiencia energética en el sector comercio e intermediarios.
    • Personas jurídicas de naturaleza privada.

Actuaciones Subvencionables

  • Subprograma de Ayudas 1: Inversiones para el consumo de hidrógeno en la industria y los edificios.
    • Las actuaciones de demostración, validación e introducción del uso de hidrógeno renovable como combustible o materia prima en el sector industrial.
    • Las instalaciones de producción de hidrógeno renovable o descarbonizado con un tamaño máximo de 0,5 MW de potencia de electrólisis o capacidad de producción equivalente.
    • Quedan expresamente excluidos de este Subprograma las aplicaciones relacionadas con el sector del transporte y la movilidad.
  • Subprograma de Ayudas 2: Inversiones en eficiencia energética en PYME de los sectores industrial y terciario.
    • Renovación y mejoras en procesos y sus elementos auxiliares, de manera que, utilizando tecnologías de alta eficiencia energética, se acredite una reducción significativa del consumo de energía.
    • Renovación y mejora de instalaciones energéticas en edificios existentes por otras que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética que logren acreditar una reducción significativa del consumo de energía y mejora ambiental consecuente.
    • No serán objeto de subvención las actuaciones de renovación o mejora de los equipos de climatización (calor y/o frío) y/o ACS.
  • Subprograma de Ayudas 3: Implantación de sistemas integrales de gestión de la demanda de energía - SIGED.
    • Equipos de medición.
    • Equipos de regulación y control de sistemas consumidores de energía, de generación renovable y de almacenamiento energético.
    • Equipos de almacenamiento, mediante almacenamiento convencional (baterías de ion - litio), hidráulico u otros sistemas de almacenamiento innovadores.
    • Desarrollo o compra de software destinado a facilitar la recogida, comunicación y análisis de datos para posibilitar la implementación efectiva de las actuaciones de gestión energética desarrolladas en el proyecto.
 
Del listado mencionado se podrán solicitar todos o parte de los conceptos elegibles, siempre y cuando se justifique que una vez realizadas las actuaciones objeto de ayuda en esta Convocatoria permitan tener implantado un SIGED.
  • Subprograma de Ayudas 4: Promoción de la bicicleta.
    • Línea 4.1: Promoción del uso de la bicicleta nuevas en el ámbito laboral.
Promoción del uso de la bicicleta en el ámbito laboral, para su uso como medio de transporte, bien sea para tránsito laboral, viajes in itinere, o ambos.
  • Línea 4.2: Triciclos nuevos de transporte de personas o mercancías, de pedaleo asistidos (eléctricos) o no.
  • Línea 4.3: Sistemas públicos de préstamo de bicicletas (bicisharing municipal).
Promoción del uso de la bicicleta para su uso como medio de transporte.
  • Línea 4.4: Aparcamiento seguro de bicicletas.
Sistemas de aparcamiento seguro de bicicletas nuevas destinados a ser utilizados por usuarios particulares o como parte de un sistema público de préstamo de bicicletas.
  • Subprograma de Ayudas 5: Estudios de viabilidad de la implementación de energías renovables en comunidades de propietarios residenciales.
    • Estudios de viabilidad de la implementación de energías renovables en el sector residencial por la renovación de salas de generación de calor comunitarias de gas natural y/o gasóleo C.
  • Subprograma de Ayudas 6: Inversiones en eficiencia energética en el sector comercio e intermediarios.
    • Sustitución del equipamiento energético como instalaciones de frío, iluminación convencional, etc.., por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética y que logren acreditar una reducción significativa del consumo de energía y su consecuente mejora ambiental.
 

Régimen de compatibilidad con otras ayudasS

Las ayudas a percibir por los beneficiarios para las actuaciones de los Subprogramas 1, 4 y 5, serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
 
Las ayudas a percibir por los beneficiarios que tengan consideración de empresa a los efectos de previsto en el Reglamento (UE) 651/2014 para las actuaciones de los Subprogramas 2, 3 y 6, serán compatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, siempre que consideradas en su conjunto supongan un porcentaje de ayuda igual o inferior a los límites establecidos por el Reglamento (UE) 651/2014.
 
Las ayudas a percibir por los Concejos, hermandades, juntas administrativas y otras entidades locales territoriales de ámbito inferior, municipios, Mancomunidades de municipios, Cuadrillas del territorio histórico de Álava y otras entidades locales de la CAE, para las actuaciones de los Subprograma 3, serán compatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, siempre que consideradas en su conjunto supongan un porcentaje de ayuda igual o inferior al 80%.
 
En el supuesto de que las ayudas provenientes de otras entidades se materializasen con posterioridad a la resolución de concesión de la subvención por parte del EVE, el beneficiario está obligado a comunicarlo al EVE y si del análisis del conjunto de ayudas procede la minoración de la cuantía de la ayuda, ésta se comunicará mediante la correspondiente resolución de revocación parcial o total y con carácter previo al abono de la misma.
 

Período de vigencia

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda al presente programa de ayudas comenzará a las 08:00 h del día siguiente a la publicación de este Programa en el Boletín Oficial del País Vasco (en adelante “BOPV”), y finalizará en el momento de producirse el agotamiento del presupuesto destinado a este efecto en cada uno de sus Subprogramas.

En todo caso, con independencia de la existencia de presupuesto disponible, el plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda finalizará el 31 de octubre de 2024, aun cuando existirá presupuesto disponible en la convocatoria.

Las actuaciones subvencionables deberán estar ejecutadas, y facturadas no más tarde del 31 de diciembre de 2024.

La justificación de la realización, facturación y pago de la actuación objeto de ayuda por parte de los beneficiarios de la ayuda deberá realizarse ante EVE, y no más tarde del 15 de enero de 2025, de manera electrónica.
 

Presupuesto total

1.500.000 €
 

Teléfono de consulta

El Centro de Atención al Usuario les atenderá en el 946.620.600
 

  RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2024, del Director General del Ente Vasco de la Energía, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de ayudas a inversiones en eficiencia energética, energías renovables y movilidad eficiente.

 

  Resolución de 21 de mayo de 2024, del Director General del Ente Vasco de la Energía, de modificación de la Resolución de 22 abril de 2024

Tramitación de las solicitudes

Hola, ¿hablamos?

Este es el servicio de atención del Ente Vasco de la Energía.