Programa MOVES III-2025 – EVE
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Programa de ayudas

Programa MOVES III-2025

Otros programas de ayudas a la movilidad eficiente

Presupuesto ampliado en 50 millones de euros

El Gobierno vasco ha confirmado la ampliación del presupuesto destinado al Plan MOVES III 2025, con una dotación adicional de 50 millones de euros. Se atenderán así los expedientes que permanecían en la lista de reserva provisional y las nuevas solicitudes que se realicen antes del 31 de diciembre de 2025, siempre que cumplan los requerimientos de las bases.

Se recuerda el efecto incentivador de este programa de ayudas para toda persona jurídica o entidad con actividad económica.
Se debe registrar primero la solicitud de ayuda y, al día siguiente, se podrá asumir cualquier compromiso en firme de ejecución, así como aceptar ofertas, firmar pedidos, contratos u otros. Del mismo modo, las facturas y justificantes de pago deberán tener fecha posterior a la fecha de registro de solicitud de ayuda. Para que la solicitud tenga ayuda, será imprescindible cumplir este requisito. Consultar las bases para más detalles.

Evolución de los datos del programa

Vehículo eléctrico



Puntos de recarga

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El presupuesto final del programa asciende a 65.042.681,00 euros, distribuido de la siguiente manera::

Programa de Incentivos 1 – Fomento de la adquisición de vehículos eléctricos: 52.566.343,00 €
Programa de Incentivos 2 – Apoyo al despliegue de la infraestructura de recarga: 12.476.338,00 €

Información de interés:

12 meses para justificar las actuaciones (desde la notificación de la resolución positiva).
Empresas y administraciones públicas con actividad económica deben cumplir el efecto incentivador.

Actuaciones subvencionables y ayudas:

Programa de incentivos 1. Fomento de la adquisición de vehículos eléctricos.

Será subvencionable la adquisición de vehículos eléctricos «enchufables» y de pila de combustible (hidrógeno) de categorías M1, N1, L3e, L4e, L5e, L6e y L7e.

Tabla de ayudas para personas físicas con y sin actividad económica (particulares y autónomos/as) y administraciones públicas sin actividad económica.

Motorización

Categoría

Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (km)
según ciclo WLTP

Límite precio venta vehículo (€) sin IVA

Ayuda (€)

Sin achatarramiento

Con achatarramiento

Pila de combustible (hidrógeno)

M1

4.500

7.000

Híbrido enchufable, autonomía ampliada y 100% eléctrico

Mayor o igual de 30 y menor de 90

45.000 (53.000 para vehículos BEV de 8 o 9 plazas).

2.500

5.000

Mayor o igual de 90

4.500

7.000

Híbrido enchufable, autonomía ampliada, eléctrico puro e hidrógeno

N1

Mayor o igual de 30

7.000

9.000

100% eléctrico

L6e

1.400

1.600

L7e

1.800

2.000

L3e, L4e, L5e, con P ≥ 3kW

Mayor o igual de 70

10.000

1.100

1.300

(para más información, consultar bases reguladoras)

 

Tabla de ayudas para empresas y administraciones públicas con actividad económica.

Motorización

Categoría

Autonomía en modo de funcionamiento eléctrico (km)

Límite precio venta vehículo (€) antes de IVA

Ayuda (€)

Sin achatarramiento

Con achatarramiento

PYME

Gran empresa

PYME

Gran empresa

Pila de combustible (hidrógeno)

M1

2.900

2.200

4.000

3.000

Híbrido enchufable, autonomía ampliada y 100% eléctrico

Mayor o igual de 30 y menor de 90
Mayor o igual de 30 y menor de 90

45.000 (53.000 para vehículos BEV de 8 o 9 plazas)

1.700

1.600

2.300

2.200

Mayor o igual de 90

2.900

2.200

4.000

3.000

Híbrido enchufable, autonomía ampliada, eléctrico puro e hidrógeno

N1

Mayor o igual de 30

3.600

2.900

5.000

4.000

L6e

800

1.000

L7e

1.200

1.500

L3e, L4e, L5e, con P ≥ 3kW

Mayor o igual de 70

10.000

750

700

950

900

(para más información, consultar bases reguladoras)

 

Programa de Incentivos 2 – Apoyo al despliegue de la infraestructura de recarga

Será subvencionable la Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

Destinatarios/as últimos/as (Base 2.1)

Ayuda (% coste subvencionable)

Localización general

Municipios
5.000 habitantes

Autónomos/as, Particulares, Comunidades de Propietarias/os y Administración sin actividad económica

70%

80%

Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso público y P >= 50kW

20%
(40% mediana empresa)
(50% pequeña empresa)

Empresas y entes públicos con actividad económica, recarga acceso privado o público y P 50kW

20%
(30 % pequeñas y medianas empresas)

20 %
40% (solo pequeñas y medianas empresas)

Pequeñas o medianas empresas que elijan acoger su solicitud de ayuda al régimen de minimis, recarga acceso público y P >= 50kW

45 % medianas empresas
55 % pequeñas empresas

50 % medianas empresas
60 % pequeñas empresas

(para más información, consultar bases reguladoras)

Teléfono para consultas

Más información en el documento de Bases y en el teléfono 946 620 600

  RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2025, del director general del Ente Vasco de la Energía (EVE), por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica – Programa Moves III-2025

  CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 2 de junio de 2025, del director general del
Ente Vasco de la Energía, por la que se procede a la aprobación, convocatoria y publicación
de las bases reguladoras del programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa
Moves III) para el año 2025, y se acuerda el traspaso a la convocatoria Moves III-2025 de las
solicitudes de ayuda registradas a partir del 1 de enero de 2025 en la convocatoria Moves III.

  RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2025, del director general del Ente Vasco de la Energía, por la que se acuerda el incremento de los recursos económicos destinados a financiar la convocatoria del programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Moves III) para el año 2025.

Tramitación de las solicitudes

Para obtener más información respecto a la tramitación de solicitudes de esta convocatoria de ayudas acceda a la siguiente URL:https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2025/programa-moves-iii-2025/web01-ejeduki/es/ Fecha inicio de presentación de solicitudes – 25 de Junio de 2025. El plazo máximo para la ejecución y facturación de las actuaciones objeto de ayuda será de doce (12) meses a contar desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda.

Documentación

/var/www/vhosts/eve.eus/httpdocs