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En caso de que le hayan solicitado las declaraciones MRR, dispone de las siguientes descargas:
Declaraciones MRR Personas físicas
Declaraciones MRR Personas jurídicas
El programa se lanza con un presupuesto inicial de 6.420.211,75 Euros. distribuido de la siguiente manera:
Actividad 1 – Achatarramiento: 2.081.382,76 €
Actividad 2 – Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono: 4.046.807,81 €
Actividad 3 – “Retrofit” o modificación de la forma de propulsión de vehículos: 42.021,18 €
Actividad 4 – Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos: 200.000,00 €
Actividad 5 – Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias: 50.000 €
• Actividad 1. Achatarramiento.
Será subvencionable el achatarramiento de vehículos de categorías M2, M3, N2 y N3.
• Actividad 2 – Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono
Sera subvencionable la adquisición de vehículos M (clase A, B, I, II y III), N2 y N3, de motorización HEV, PHEV, REEV, BEV, FCV, FCHV, GNC (ver nota) y GNL (ver nota).
Nota: Con carácter transitorio, se podrán otorgar las ayudas establecidas en el Programa para los vehículos de gas (GNC, GNL) de categoría M, excluidos los vehículos de «suelo bajo» hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Actividad 3. “Retrofit” o modificación de la forma de propulsión de vehículos.
Será subvencionable la transformación de vehículos de categorías M2, M3, N2 y N3 para que puedan ser propulsados al 100% con electricidad o hidrógeno como energía primaria (BEV, FCV o FCHV), así como la transformación para que el vehículo funcione en su totalidad como vehículo de gas (GNC o GNL –ver nota) siempre que cumpla con el estándar Euro VI-E .
Nota: Con carácter transitorio, se podrán otorgar las ayudas establecidas en el Programa para los vehículos de gas (GNC, GNL) de categoría M, excluidos los vehículos de «suelo bajo» hasta el 31 de diciembre de 2023.
• Actividad 4. Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos. Será subvencionable la instalación de sistemas de recarga de baterías para vehículos pesados tipo N2, N3, M2 o M3.
• Actividad 5. Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias.
Será subvencionable la adquisición de semirremolques aptos para su uso en autopistas ferroviarias.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda al presente programa de ayudas comenzará el 15 de marzo de 2022 hasta el 30/04/2024, salvo la actividad 4 que finalizará el 31/12/2023.
Más información en el documento de Bases, en el teléfono 946.620.600 y en gestionayudas@eve.eus
Bases reguladoras del programa de ayudas
Para obtener más información respecto a la tramitación de solicitudes de esta convocatoria de ayudas acceda a la siguiente URL:
www.euskadi.eus
Fecha inicio de presentación de solicitudes – 15 de marzo de 2022.
El plazo máximo para la ejecución y facturación de las actuaciones objeto de ayuda será de doce (12) meses a contar desde la fecha de notificación de la resolución de la concesión de la ayuda, salvo en el caso de las Actividad 4 (Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos), que contarán con dieciocho (18) meses para la justificación de la inversión.